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IVA digital: las plataformas extranjeras también deben cumplir. Por Camila Castro Directora Carrera de Contador Auditor de eCampus Universidad de Las Américas

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La economía digital ha transformado la forma en que consumimos. Actualmente, gran parte de las personas contrata servicios de almacenamiento, publicidad, programas informáticos, aplicaciones y contenidos audiovisuales ofrecidos por empresas extranjeras que no necesariamente cuentan con oficinas o instalaciones físicas en Chile. Sin embargo, operar desde otro país no significa estar exento de las obligaciones tributarias nacionales, por ello, desde junio de 2020, esos servicios digitales se encuentran afectos al Impuesto al Valor Agregado (IVA), con una tasa del 19%.

Para facilitar el cumplimiento, el Servicio de Impuestos Internos (SII) estableció un régimen simplificado que permite a los proveedores extranjeros inscribirse, declarar y pagar el impuesto correspondiente. De esta manera, las empresas digitales que obtienen ingresos provenientes de consumidores chilenos también contribuyen al financiamiento fiscal del país.

El IVA digital no debe entenderse como un impuesto contra la tecnología ni como una barrera al comercio electrónico, por el contrario, responde a un principio básico de equidad tributaria. Las empresas chilenas deben iniciar actividades, emitir documentos tributarios, llevar registros, declarar sus operaciones y pagar impuestos. Por ello, no sería razonable que una plataforma extranjera pudiera prestar servicios similares sin asumir obligaciones equivalentes.

Este punto es especialmente importante para las pequeñas y medianas empresas nacionales. Cuando los proveedores extranjeros no cumplen con sus deberes tributarios, pueden obtener una ventaja competitiva frente a quienes sí deben incorporar el IVA en sus precios y soportar los costos administrativos asociados al cumplimiento.

El principal desafío consiste en fiscalizar a empresas que no tienen presencia física en Chile. Frente a ello, el SII puede aplicar mecanismos como el cambio de sujeto, mediante el cual los emisores u operadores de medios de pago retienen el IVA correspondiente y lo enteran en arcas fiscales cuando una plataforma extranjera no cumple directamente.

Fortalecer esta fiscalización es necesario para modernizar el sistema tributario y proteger una competencia más justa. No se trata de limitar la innovación ni de impedir el acceso a servicios internacionales, sino de establecer reglas equivalentes para todos los participantes del mercado.

Sin embargo, este proceso también debe acompañarse de información clara para los consumidores. Las personas deben conocer cuándo el IVA está incorporado en el precio, quién lo recauda y por qué el valor final de un servicio puede aumentar. Del mismo modo, las plataformas deben contar con procedimientos simples para cumplir.

Las empresas digitales pueden operar sin fronteras físicas, pero sus responsabilidades tributarias no deberían desaparecer en el espacio virtual. La innovación y el desarrollo tecnológico deben avanzar junto con el cumplimiento, la transparencia y la equidad.

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