Las Opiniones Técnicas son análisis especializados que realiza la Defensoría del Contribuyente (DEDECON) sobre materias tributarias que pueden afectar los derechos de las personas. A través de ellas, la DEDECON identifica problemáticas y propone recomendaciones para contribuir a mejorar el sistema tributario.
A la fecha, la DEDECON ya ha logrado concretar importantes Opiniones Técnicas, casos reales, estudiados por equipos especializados, y con criterios que hoy quedan disponibles para contribuir a una mejor comprensión del sistema tributario.
¿En qué consiste este servicio?
Los artículos 58 a 60 del artículo vigésimo tercero de la Ley N° 21.210 regulan este servicio. En términos simples, permite que los contribuyentes que cumplen los requisitos legales soliciten a la DEDECON un pronunciamiento sobre la aplicación de una o más normas tributarias a un caso particular contenido en una liquidación, giro o cualquier actuación administrativa del Servicio de Impuestos Internos (SII) en la que tengan un interés directo comprometido.
No se trata de explicar la ley en abstracto. La opinión examina los antecedentes del caso, la actuación administrativa y las normas aplicables, con el objeto de entregar un criterio fundado que permita comprender mejor el problema y sus posibles efectos.
En este servicio, la Defensoría no representa al contribuyente. Actúa como un tercero imparcial: analiza tanto los argumentos del solicitante como los fundamentos de la autoridad y se pronuncia de acuerdo con el mérito jurídico del caso.
Esto exige decir con la misma claridad cuándo la actuación del SII no se ajusta a derecho y cuándo sí lo hace. La labor de la Defensoría no consiste en sostener cualquier pretensión del contribuyente, sino en proteger sus derechos, velar por la correcta aplicación de la ley y promover el cumplimiento íntegro de la obligación tributaria. En definitiva, se trata de que cada contribuyente cumpla lo que corresponde: ni más ni menos.
Esa independencia es la que da valor y credibilidad al pronunciamiento. Una Opinión Técnica es útil, precisamente, porque su conclusión no está definida de antemano por quien la solicita.
La ley establece que sus criterios no son vinculantes y que no afectan la validez de los actos administrativos analizados. Sí pueden ser aportados como antecedentes en procedimientos administrativos o judiciales. La Opinión Técnica no reemplaza al Servicio ni a los tribunales, pero entrega un análisis especializado e independiente que puede contribuir al debate.
El acceso a este servicio está sujeto a los requisitos establecidos por la ley. No existe, sin embargo, un límite asociado a la cuantía del asunto. La solicitud debe referirse a una actuación administrativa del Servicio de Impuestos Internos en la que el contribuyente tenga un interés directo comprometido.
Su dimensión pública es igualmente relevante. Cada opinión parte de un caso individual, pero la ley dispone su publicación extractada en el sitio web de la Defensoría, con resguardo de la información confidencial. De ese modo, el análisis no termina con la persona que solicitó el servicio: puede ser consultado por otros contribuyentes, abogados, asesores y por cualquier persona interesada en la materia.
Los pronunciamientos están disponibles en el repositorio de Opiniones Técnicas de la Defensoría, que está habilitado en la página web www.dedecon.cl.
Allí puede revisarse el conocimiento acumulado a partir de problemas que, aun cuando nacieron de un caso particular, suelen repetirse en la práctica. El repositorio de Opiniones Técnicas ayuda a reducir las asimetrías de información y ofrece referencias útiles para comprender la forma en que las normas tributarias se aplican a situaciones concretas.
La Opinión Técnica resume bien esa tarea: convertir la experiencia acumulada en conocimiento público y útil. Una Defensoría que protege derechos, promueve el cumplimiento tributario y emite sus criterios con independencia, contribuye, sin duda, a un sistema tributario más comprensible, justo y confiable.