Desde que se presentó el Plan de Reconstrucción Nacional, en las oficinas de contadores y en los grupos de WhatsApp de emprendedores circula la misma pregunta: ¿es verdad que ahora las pymes van a tributar por flujo de caja y con un pago provisional mensual reducido? La respuesta corta es que sí, pero esa parte no es una novedad del proyecto. Es el régimen Pro Pyme que ya opera en Chile desde la Ley de Modernización Tributaria de 2020, contenido en el artículo 14D de la Ley sobre Impuesto a la Renta. Muchas empresas ya tributan hoy sobre esa base, con ingresos percibidos menos gastos efectivamente pagados y una tasa de PPM de 0,25 por ciento, que incluso baja transitoriamente a 0,125 por ciento entre 2026 y 2028.
Esta confusión no es inocente. En periodos de reforma, es habitual que se mezcle lo que ya existe con lo que efectivamente cambia, y las pymes terminan tomando decisiones sobre supuestos equivocados. Por eso vale la pena separar con claridad los dos planos: qué sigue igual y qué trae realmente el plan para los pequeños y medianos contribuyentes.
Lo que ya existe y seguirá funcionando igual
El régimen Pro Pyme General, del artículo 14D número 3, y el régimen Pro Pyme Transparente, del artículo 14 D número 8, mantienen su lógica de siempre. Contabilidad simplificada, depreciación instantánea de activos, y tributación sobre flujo de caja real y no sobre lo devengado. Esto significa que una pyme paga impuestos por lo que efectivamente recibió y descuenta lo que efectivamente pagó, sin las complejidades contables que enfrenta una empresa grande. El plan no toca esta mecánica. La mantiene tal como está.
Lo que sí cambia con el Plan de Reconstrucción Nacional
Hay dos elementos concretos que las pymes deben mirar con atención. El primero es la rebaja permanente de la tasa del Impuesto de Primera Categoría para el régimen Pro Pyme, que baja de 25% a 23%. La letra chica aquí es el momento en que empieza a regir: recién en 2029. Mientras tanto, sigue vigente la rebaja transitoria ya establecida por la Ley 21.755, con una tasa de 12,5% durante 2026 y 2027, y de 15% en 2028. Es decir, para el corto plazo nada cambia respecto de lo que ya se sabía.
El segundo elemento, y el más relevante para una pyme que quiere tomar decisiones hoy, es el nuevo crédito tributario por contratación formal. Se trata de un beneficio que se descuenta de los pagos provisionales mensuales, luego del IVA y finalmente del Impuesto de Primera Categoría, con tasa base de 14% sobre las remuneraciones. Esa tasa sube a 15 por ciento si la trabajadora es mujer, baja a 13% si es hombre, y se suma 1,5 puntos adicionales si la persona tiene menos de 25 años. El beneficio aplica a sueldos de hasta 7,8 UTM, aproximadamente 551 mil pesos, y se extingue en 12 UTM, cerca de 850 mil pesos.
La letra chica que toda pyme debe revisar antes de actuar
Primero, este crédito por contratación no está disponible para empresas estatales ni para aquellas con participación estatal superior al 50%, y no es compatible con otros subsidios al empleo. Una pyme que ya recibe algún subsidio de contratación debe evaluar cuál conviene más, porque no se pueden sumar.
Segundo, el proyecto todavía está en tramitación en el Congreso, por lo que las condiciones descritas pueden modificarse durante el debate parlamentario. Tomar decisiones de contratación o de estructura societaria basándose en un texto que aún no es ley es un riesgo que hay que dimensionar con el asesor tributario.
Tercero, y quizás lo más importante, ninguna pyme necesita esperar la aprobación del proyecto para acceder a los beneficios del régimen Pro Pyme vigente. Si su empresa todavía tributa bajo el régimen general, evaluar el cambio al 14 D no depende de esta reforma. Es una decisión que se puede tomar hoy.
La recomendación
Como Perito Judicial Contable Tributario, he visto muchas veces cómo una empresa toma decisiones tributarias apuradas, y termina descubriendo en la Operación Renta que la realidad era distinta a lo que había entendido. Mi consejo para las pymes es que no se dejen guiar por la sensación de que todo cambió. Revisen con su contador si ya están en el régimen que les corresponde, midan el impacto real del crédito por contratación en su planilla, y esperen la versión final del proyecto antes de reestructurar decisiones de fondo. La reforma trae beneficios reales, pero se aprovechan mejor cuando se entienden con precisión y no con entusiasmo.